Avasallamientos en Bolivia: una amenaza creciente y la importancia de contar con soporte legal especializado
- Blog Jurídico y Legal

- 27 oct 2025
- 3 Min. de lectura
En los últimos años, los avasallamientos de tierras se han convertido en una de las principales preocupaciones del sector productivo en Bolivia. Propietarios rurales, ganaderos, agroindustriales e incluso comunidades legítimamente asentadas enfrentan una problemática que pone en riesgo no solo su derecho de propiedad, sino también la seguridad jurídica, la inversión privada y la producción nacional.

¿Qué es un avasallamiento?
El avasallamiento es la ocupación ilegal de un predio ajeno, generalmente mediante el uso de la fuerza, intimidación o engaño, por parte de personas o grupos que carecen de título legítimo sobre la tierra.Está configurado jurídicamente en la Ley N° 477 – Ley Contra el Avasallamiento y Tráfico de Tierras, como la incursión violenta o pacífica, temporal o continua, en propiedades privadas, bienes del Estado o tierras fiscales, sin acreditar derecho de propiedad o posesión legal.
La Ley N° 477: un pilar normativo clave
La Ley N° 477, promulgada el 30 de diciembre de 2013, representa un hito fundamental en la defensa de la propiedad y la seguridad jurídica agraria.Su finalidad es proteger la propiedad privada, colectiva y fiscal frente a ocupaciones ilegales, establecer mecanismos de desalojo rápido y sancionar penalmente a quienes promuevan o participen en estos actos ilícitos.
Entre sus principales disposiciones destacan:
Protección integral de la propiedad: La Ley establece la obligación del Estado de garantizar el resguardo y defensa de las tierras frente a avasallamientos y tráfico ilegal.
Procedimiento ágil ante la jurisdicción agroambiental: Permite la restitución inmediata del bien ocupado mediante audiencias rápidas y ejecución con apoyo policial.
Sanciones penales severas: El artículo 351 bis del Código Penal sanciona el avasallamiento con penas de 3 a 8 años de privación de libertad, mientras que el tráfico de tierras (art. 337 bis) se castiga con hasta 10 años.
Inhabilitación de los responsables: Los condenados no podrán participar en procesos de dotación, adjudicación ni usufructo de tierras por 10 años.
La Ley N° 477, por tanto, no solo fortalece la acción penal, sino que también consolida la competencia de los juzgados agroambientales para atender con celeridad los conflictos territoriales que afectan al sector productivo y al patrimonio agrario nacional.

El impacto en el sector agroproductivo
Los avasallamientos generan graves consecuencias: paralizan la producción agrícola y pecuaria, provocan pérdidas económicas, amenazan la seguridad alimentaria y generan conflictos sociales.Frente a esta realidad, el marco legal establecido por la Ley N° 477 se constituye en una herramienta esencial para la defensa de los derechos de propiedad y posesión legítima.
Sin embargo, su correcta aplicación requiere conocimiento técnico, experiencia en materia agroambiental y coordinación efectiva entre las autoridades del Ministerio Público, INRA, ABT y el Órgano Judicial.
La ruta legal ante un avasallamiento
Ante un hecho de ocupación ilegal, el propietario debe actuar de forma inmediata y ordenada:
Denuncia penal ante el Ministerio Público por el delito de avasallamiento (art. 351 bis C.P.).
Solicitud de tutela inmediata ante el Juzgado Agroambiental conforme al art. 5 de la Ley N° 477.
Presentación de prueba documental (título ejecutorial, catastro, Derechos Reales, planos).
Medidas cautelares de protección y posterior ejecución forzosa del desalojo con apoyo policial.
Seguimiento técnico-jurídico coordinado con las entidades agrarias y ambientales competentes.

La importancia del soporte legal especializado
Contar con asesoramiento jurídico integral en materia agroambiental no solo permite reaccionar ante un avasallamiento, sino prevenirlo y consolidar la seguridad jurídica del patrimonio rural.
Un equipo legal especializado puede:
Mantener actualizados los documentos catastrales y registrales.
Monitorear posibles superposiciones o conflictos de linderos.
Diseñar estrategias de defensa integral (penal, agraria y administrativa).
Asegurar la correcta aplicación de la Ley N° 477 ante autoridades competentes.
⚖️ Durán & Ruiz Abogados: defensa integral ante conflictos agrarios y agroambientales
En Durán & Ruiz Abogados contamos con expertos en materia penal, agraria y agroambiental, con énfasis en saneamiento y titulación de tierras, procesos de avasallamiento, tráfico de tierras y aplicación de la Ley N° 477.Su experiencia y conocimiento normativo posicionan a nuestro equipo como referente nacional en el ámbito agrario y agroambiental, brindando soluciones jurídicas integrales a productores, empresas agrícolas y propietarios rurales.
Nuestro compromiso es claro: proteger la tierra, la producción y la seguridad jurídica de quienes trabajan por el desarrollo agroproductivo de Bolivia.

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